A finales del próximo mes de julio, entrará en vigor- salvo un posible aplazamiento- la nueva regulación del Registro Civil que estableció la ley 20/2011 de 21 de julio. En el año 2012 publiqué un pequeño libro con comentarios sobre esta nueva regulación, que supone un cambio total en la normativa vigente y advertía de las dificultades de llevar a la práctica gran parte de sus novedades por el coste económico que suponía. Me mostraba escéptico sobre la viabilidad del registro electrónico individual que la ley regula, y también me declaraba contrario al Registro Civil único y a la decisión de encomendar la gestión del mismo a diversas personas entre ellas a los Registradores de la Propiedad.
Durante todo el año 2013 se vinieron realizando encuentros(negociación ) entre el Ministerio de Justicia y el Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad, destinados a preparar el traspaso del servicio público del Registro Civil a los Registradores. Las protestas de los funcionarios que hasta la fecha atiende ese servicio fueron frecuentes y desoídas por el Ministerio de Justicia; el acuerdo parecía alcanzado, pero este lunes día 10 de marzo, salta la sorpresa; se rompen las negociaciones y los Registradores rechazan hacerse cargo del Registro Civil.
Los motivos de la ruptura no son otros que económicos: se pretendía que las diversas actuaciones en el Registro Civil que hasta ahora eran gratuitas para el ciudadano, devengasen honorarios, aranceles o tasas, con lo que el ciudadano tendría una nueva carga fiscal y parece que el señor Gallardón - después de las Tasas Judiciales- se ha dado cuenta que ya había abusado del bolsillo del contribuyente. No hace falta ser adivino para comprender que ninguna ventaja iban a tener los Registradores para asumir de forma gratuita un servicio público que a falta de ganancias les producirían cuantiosos gastos. La lógica se ha impuesto si no hay ingresos no hay servicio, la caridad opera en otros ámbitos.
Ahora el Ministerio busca desesperadamente una solución, que ya está la ley: atribuir a los secretarios judiciales la Oficina del Registro Civil con los mismos funcionarios que hasta la fecha.
Me alegra la ruptura de esas negociaciones entre el Ministerio de Justicia y el Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad, porque en el fondo la pretensión ministerial de atribuirles la gestión del Registro Civil, suponía el cumplimiento de las previsiones de la ley 20/2011 en la que su Disposición adicional segunda establece el régimen jurídico de las Encargados de la Oficina Central del Registro Civil y de las Oficinas Generales del Registro Civil y en ella no se alude en ningún momento a los Registradores de la Propiedad.
El Ministerio de Justicia está obsesionado con buscarles nuevas competencias a los Notarios y Registradores de la Propiedad, el último ejemplo es el Anteproyecto de ley de la Jurisdicción Voluntaria en el que se les quiere dar competencia en materias hasta ahora judiciales. invocando para ello su reconocida competencia jurídica, argumento suficiente para que asuman las de otros cuerpos de funcionarios y que queden sólo ellos. ¿ habrá razones económicas para compensar los efectos de la crisis que también ha afectado a estos profesionales?.